SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 

POLÍTICA DE SEGURIDAD SALUD EN EL TRABAJO

La Gerencia y Comandante del Benemérito Cuerpo de Bomberos De Calarcá, se preocupada por la protección integral de todos sus empleados, contratistas y subcontratistas, reafirma su compromiso hacia la implementación del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST, y por la promoción de la calidad de vida laboral y la prevención de incidentes y accidentes de trabajo, enfermedades laborales y daños a la sociedad como al ambiente; teniendo como lineamiento básico el mejoramiento continuo con altos estándares en seguridad.

Lo anterior demarcado bajo el cumplimiento de la legislación colombiana vigente aplicable en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo y normas de otra índole que la organización suscriba.

De igual manera la Gerencia General propenderá por un ambiente laboral seguro y sano en cada uno de los servicios que presta mediante la identificación de los peligros, evaluación, valoración de los riesgos y determinación de los controles; para lo cual definirá y asignará todos los recursos financieros, técnicos y humanos necesarios para la implementación y mantenimiento del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST.

La política de Seguridad y Salud en el Trabajo será implementada y comunicada a todo el personal contratistas y subcontratistas relacionados con las operaciones de la organización y está disponible a todas las partes interesadas.

Principios de la política en SST:

  • Brindar condiciones de trabajo seguras y saludables que prevengan daño a la salud de los colaboradores, visitantes, contratistas y la propiedad, buscando promover la calidad de vida de las personas, identificando los peligros, evaluando y valorando los riesgos para establecer controles y así eliminar los riesgos prioritarios asociados.
  • Eliminar y controlar el daño a la propiedad.
  • Minimizar y controlar impactos adversos sobre el ambiente y la comunidad, buscando conservar los recursos naturales y promoviendo una conciencia ambiental en sus trabajadores.
  • Promover la participación activa de sus colaboradores en materia de la seguridad y salud en el trabajo en el desarrollo de acciones de creación, actualización y funcionamiento de COPASST y comité de convivencia laboral.
  • Trabajar por el compromiso activo de manera individual y colectivo en el autocuidado en cada uno de sus colaboradores
  • Buscar la eficiencia y la eficacia en sus operaciones con la planeación sistemática de los proyectos, el avance tecnológico, recurso humano competente, contratistas y proveedores calificados; brindando el recurso económico necesario para desarrollar el sistema de gestión en SG-SST para todas sus actividades

REGLAMENTO DE SEGURIDAD Y HIGIENE INDUSTRIAL

ARTICULO 1: OBJETO

Establecer el Reglamento de Higiene y Seguridad Industrial en la empresa CUERPO DE BOMBEROS VOLUNTARIOS CALARCA, en procura de evitar lesiones y enfermedades causadas por las condiciones de trabajo, cumplir con la normatividad vigente en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo aplicable a la actividad económica de la Empresa.

ARTICULO 2: ALCANCE

El presente reglamento forma parte del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Empresa CUERPO DE BOMBEROS VOLUNTARIOS CALARCA tendiente a proteger y promover la salud de los trabajadores en el desempeño de sus funciones y es de estricto cumplimiento para todo el personal vinculado directa o indirectamente con la empresa, en todas los sitios de trabajo donde la empresa realice labores relacionadas con su actividad económica.

ARTICULO 3: IDENTIFICACION DE LA EMPRESA

NOMBRE DE LA EMPRESA: CUERPO DE BOMBEROS VOLUNTARIOS CALARCA

NIT: 890002072-9

CIUDAD: CALARCA

DEPARTAMENTO: QUINDIO 

DIRECCION: Calle 39 N° 18-52

ADMINISTRADORA DE RIESGOS LABORALES: SURA

CLASE O TIPO DE RIESGO ASIGNADO POR LA A.R.L.: 5

CÓDIGO DE LA ACTIVIDAD ECONÓMICA:

ARTICULO 4: CUMPLIMIENTO DE DISPOSICIONES LEGALES

La Empresa CUERPO DE BOMBEROS VOLUNTARIOS CALARCA se compromete a dar cumplimiento a las disposiciones legales vigentes tendientes a garantizar los mecanismos que aseguren una adecuada y oportuna prevención de los accidentes de trabajo y enfermedades laborales de conformidad con los artículos 205, 206, 217 y 221del Código Sustantivo del Trabajo, la Ley 9a. de 1979, Resolución 2400 de 1979, Decreto 614 de 1984, Resolución 2013 de 1986, Resolución 1016 de 1989, Decreto 1295 de 1994 , Decreto 1607 de 2002, Ley 776 de 2002, Ley 1010 de 2006, Resolución 2346 de 2007, Resolución 1401 de 2007, Resolución 2646 de 2008, Resolución 652 de 2012, Resolución 1356 de 2012, Ley 1562 de 2012, Decreto 1443 de 2014, Decreto 1072 de 2015, resolución 0312 de 2019 y demás normas que con tal fin se establezcan.

ARTICULO 5: CONSTITUCION Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITE PARITARIO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

La Empresa CUERPO DE BOMBEROS VOLUNTARIOS CALARCA. Se compromete a promover y garantizar la constitución y funcionamiento del Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo, de conformidad con lo establecido en el Decreto 614 de 1984, Resolución 2013 de 1986, Decreto 1295 de 1994, Resolución 1016 de 1989 y Decreto 1443 del 2014.

ARTICULO 6: RECURSOS

La Empresa CUERPO DE BOMBEROS VOLUNTARIOS CALARCA, en cabeza de su Gerente se compromete a destinar y suministrar los recursos humanos, financieros, técnicos y de infraestructura para desarrollar las actividades de conformidad con él Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo.

ARTICULO 7: CLASES DE RIESGO 

CLASIFICACION y CLASE DE PELIGRO

BIOLOGICO: Virus, bacterias, hongos, parásitos, picaduras, mordeduras, fluidos o excrementos.

FÍSICO: Ruido, iluminación, vibración, radiaciones no ionizantes.

QUIMICO: Polvos orgánicos e inorgánicos, fibras, líquidos (nieblas y rocíos), gases y vapores, humos metálicos y no metálicos, y material particulado.

BIOMECÁNICO:  

Cargas Físicas: Estática (de pie o sentado), Dinámica (desplazamientos con o sin carga). Movimientos repetitivos: cuello, extremidades superiores e inferiores, tronco.

MECANICO: Elementos o partes de máquinas, herramientas, equipos, piezas a trabajar, materiales proyectados.

ELÉCTRICO: Contacto directo e indirecto con cableado de media y baja tensión,

PUBLICO: Robos, atracos, asaltos, atentados de origen público e.t.c

PSICOSOCIAL: Aspectos intralaborales o extra laborales.

LOCATIVO: Superficie de trabajo., Distribución de área de trabajo, Falta de orden y aseo.

CONDICIONES DE SEGURIDAD: Explosiones o incendios, accidente de tránsito, 

CONDICIONES AMBIENTALES: Fuertes lluvias. Tormentas eléctricas, Fuertes vientos.

PARAGRAFO 1: A efecto que los riesgos contemplados en el presente Artículo, no se traduzca en accidente de trabajo o en enfermedad laboral, la empresa ejerce su control en la fuente, en el medio transmisor o en el trabajador, de conformidad con lo estipulado en el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo de la empresa, el cual se da a conocer a todos los trabajadores por medio de capacitaciones y procesos de inducción al personal nuevo.

ARTICULO 8: CUMPLIMIENTO DEL REGLAMENTO

La Empresa CUERPO DE BOMBEROS VOLUNTARIOS CALARCA y sus trabajadores darán estricto cumplimiento a las disposiciones legales, al presente reglamento de higiene y seguridad industrial, a las normas técnicas, procedimientos e instrucciones de trabajo que se adopten y al Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo.

ARTICULO 9: RESPONSABILIDADES DE LOS TRABAJADORES

  1. Procurar el cuidado integral de su salud.
  2. Suministrar información clara, verás y completa sobre su estado de salud.
  3. Cumplir las normas, reglamentos e instrucciones del Sistema de Gestión de Seguridad y salud en el Trabajo de la Empresa.
  4. Informar oportunamente al empleador o contratante acerca de los peligros y riesgos latentes en su sitio de trabajo.
  5. Participar en las actividades de capacitación en seguridad y salud en el trabajo.
  6. Participar y contribuir al cumplimiento de los objetivos del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo

ARTICULO 10: DIFUSION DEL REGLAMENTO

Este reglamento permanecerá exhibido, en los locales de trabajo en esta pagina web, cuyos contenidos se dan a conocer a todos los trabajadores en el momento de su ingreso por medio del programa de inducción.

ARTICULO 11: VIGENCIA DEL REGLAMENTO

El presente reglamento entra en vigencia a partir de la fecha de aprobación de la Gerencia y se revisará cada dos (02) años o cuando la empresa tenga cambios trascendentales en su actividad económica, equipos e instalaciones que modifiquen sus factores de riesgo, o cuando se dicten disposiciones gubernamentales que modifiquen las normas del reglamento o limiten su vigencia.

Publíquese y cúmplase, dado a los 10 días del mes de Diciembre del año 2023.

 


    POLITICA DE PREVENCION DE CONSUMO DE TABACO, ALCOHOL Y SUSTANCIAS PSICOACTIVAS

El CUERPO DE BOMBEROS VOLUNTARIOS CALARCA  ha definido y establecido una política de Prevención de Consumo de Alcohol, Tabaco y Sustancias Psicoactivas, esto con el fin de promover, prevenir y fomentar el bienestar de los trabajadores, contratistas, usuarios que realizan actividades en él, ya que esto genera impactos negativos sobre la sociedad, el ambiente de trabajo y en las personas en su seguridad y condiciones de trabajo, debido a sus factores de riesgo asociado.

Por lo tanto con el ánimo en el mejoramiento del desempeño laboral y el fomento de los hábitos y estilos de vida saludable, teniendo en cuenta lo establecido en la resolución 1075 de marzo 24 de 1992 y la resolución 4225 de mayo 29 de 1992, resolución 2646 de 2008 Se establece los siguientes parámetros:

  • Prohíbe presentarse al cumplimiento de sus actividades, funciones y/o tareas bajo el efecto de sustancias psicoactivas incluidas bebidas alcohólicas u otras que afecten el funcionamiento adecuado del desempeño laboral.
  • Prohíbe el consumo de tabaco, sustancias psicoactivas, bebidas alcohólicas, durante el desarrollo de actividades y/o funciones dentro y fuera de las instalaciones físicas del Edificio del cuerpo de Bomberos Calarcá.
  • Promueve actividades de sensibilización y de capacitación para los trabajadores, contratistas y temporales que buscan la creación de hábitos y estilos de vida saludables en relación al daño que causa el cigarrillo, bebidas alcohólicas y sustancias psicoactivas que afectan la salud del individuo y su entorno.
  • Los trabajadores deberán tener una conducta responsable y participativa en las acciones de sensibilización que promuevan el cumplimiento de esta política

El incumplimiento de esta política y de las reglas o normas que se deriven de ella, es condición de suspensión o sanción en base al código sustantivo del trabajo, y reglamento interno del cuerpo de Bomberos de Calarcá.



POLITICA DE USO RESPONSABLE DE DISPOSITIVOS MOVILES

Al establecer una política de uso responsable de dispositivos móviles el cuerpo de bomberos de Calarcá busca promover, prevenir y fomentar el bienestar de los trabajadores, contratistas, usuarios que realizan actividades en él, ya que esto genera impactos negativos sobre la sociedad, el ambiente de trabajo y en las personas en su seguridad y condiciones de trabajo, debido a sus factores de riesgo asociado.

La Seguridad y la salud en el trabajo es la base de la ejecución de los procesos del día a día del CUERPO DE BOMBEROS VOLUNTARIOS CALARCA, donde la alta dirección desea reflejar sus compromisos en el tema, no solo incluyendo la Seguridad y salud en el trabajo dentro de los objetivos organizacionales claves, sino la implementación, verificación y retroalimentación permanente del Sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo, cuyo funcionamiento permite la identificación de peligros, evaluación y control de riesgos al igual que la mejora continua de su desempeño, lo que redundara en la calidad de vida de los trabajadores.

EL CUERPO DE BOMBEROS VOLUNTARIOS CALARCA. reconoce la importancia del uso del teléfono celular en el trabajo para facilitar la comunicación, así como para permitir la atención y respuesta oportuna a emergencias, sin embargo, su uso no responsable puede generar lesiones graves o accidentes fatales. A fin de prevenir accidentes por el uso no responsable del teléfono celular, se ha emitido la presente política basada en los siguientes compromisos:

1. Promover campañas sobre el uso responsable del teléfono celular en el trabajo, difundiendo y compartiendo lecciones aprendidas y casos de accidentes relacionados al uso no responsable del teléfono celular.

2. Establecer acciones para asegurar y promover el no uso del teléfono celular al conducir u operar un vehículo, equipo motorizado y herramientas de poder. Así como, al subir o bajar escaleras y al transitar o caminar en zonas de la institución y operacionales.

3. Restringir el uso de dispositivos móviles como celulares, tabletas o similares en jornadas laborales lo cual solo será utilizado para recibir información de suma importancia ya sea familiar o personal, por lo cual se prohíbe el usos de estos dispositivos para revisar redes sociales, realizar actividades como video juegos o similares.

4. Establecer acciones para asegurar y promover el no uso del teléfono celular durante la ejecución de trabajos de alto riesgo.

5. Establecer acciones para asegurar y promover el no uso del teléfono celular sin consentimiento o autorización para tomar fotos, filmar, grabar audios o compartir información no autorizada.

6. Asegurar la identificación, designación y señalización de los lugares o áreas donde se prohíba portar y usar el teléfono celular. Así como, de los lugares donde se permita su uso de manera segura y responsable.

7. Establecer acciones para asegurar y promover la comunicación oportuna por parte de los trabajadores a los jefes de turno o Comandante, ante la necesidad de recuperar un teléfono celular caído o extraviado dentro o cerca de equipos o procesos en zonas operacionales o de incidentes.

8. Asegurar la identificación de peligros y evaluación de riesgos previa a la asignación o cambio de teléfonos celulares u otros dispositivos electrónicos personales a ser usados por los trabajadores en su trabajo.

El incumplimiento de esta política y de las reglas o normas que se deriven de ella, es condición de suspensión o sanción basadas en el código sustantivo del trabajo, y reglamento interno del cuerpo de Bomberos de Calarcá.

La presente política será revisada y actualizada cada 2 años, a fin de promover su relevancia y que esté acorde al avance y desarrollo de las tecnologías, buenas prácticas y lecciones aprendidas. 


POLÍTICA DE SEGURIDAD VIAL

Es compromiso del CUERPO DE BOMBEROS DE CALARCÁ, instaurar actividades de promoción y prevención de accidentes en vía pública. Por ello, todos los contratistas, subcontratistas y personal propio provistos con vehículos de la empresa o de terceros para el ejercicio de su labor diaria, son responsables de participar en las diversas actividades que se programen y desarrollen por parte del CUERPO DE BOMBEROS DE CALARCÁ, con el fin de disminuir la probabilidad de ocurrencia de accidentes que puedan afectar la integridad física, mental y social del personal, contratistas, subcontratistas, comunidad y/o medio ambiente.

Para cumplir este propósito, el CUERPO DE BOMBEROS DE CALARCÁ se enmarca bajo los siguientes parámetros:

Establecer estrategias de concientización de su personal y contratistas, a través de capacitaciones de orientación a la prevención de accidentes de tránsito, respeto de las señales de tránsito vehicular, adoptando conductas pro-activas frente al manejo defensivo.

Vigilar la responsabilidad de su personal y contratistas frente a la realización de los mantenimientos preventivos y correctivos de los vehículos del CUERPO DE BOMBEROS DE CALARCÁ o terceros, provistos para el ejercicio de su labor, con el objeto de mantener un desempeño óptimo.

Benemérito Cuerpo de Bomberos Calarca
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